
En un documento de nueve páginas, Carvajal argumentó que el CNE carece de competencia para investigar o sancionar al presidente Petro. Según el abogado, todas las actuaciones y pruebas practicadas en el procedimiento sancionatorio están viciadas y deben ser anuladas porque la controversia debería iniciarse a partir del acto de imputación de cargos, y cualquier ejercicio de competencia en este procedimiento es arbitrario y excede las limitaciones establecidas en el procedimiento contencioso administrativo.
Carvajal destacó que, según la ley 996 y la interpretación condicionada por la Corte Constitucional, el CNE no tiene la competencia para adelantar un proceso sancionatorio por violación de normas de financiación y topes de la campaña presidencial que llevó a Petro a la presidencia. Este marco legal busca garantizar la estabilidad institucional, uno de los principales propósitos del legislador.
Además, la defensa enfatiza que no hay ninguna norma internacional, constitucional o de orden legal que permita al CNE investigar y juzgar al presidente por denuncias de violación de topes y financiamiento irregular de la campaña, ya que tales denuncias fueron interpuestas dentro o fuera del término legal conferido.
Carvajal también subraya que las cuentas de la campaña y su financiación ya fueron aprobadas, y la reposición de votos autorizada y pagada, lo que, según él, invalida cualquier fundamento para la investigación en curso.
La defensa del presidente Gustavo Petro insiste en que la investigación del CNE carece de base legal y debe ser anulada para proteger la estabilidad institucional y la exequibilidad del marco legal vigente.